Alerta Legal Covid-19: Medidas bancarias y de apoyo al crédito en el contexto del Coronavirus

16 de Abril, 2020 / Por Mauricio Halpern y Vicente Vergara

Las tensiones financieras originadas a raíz de la emergencia sanitaria que vive el mundo y nuestro país, han motivado al Gobierno, en conjunto con el Banco Central (“BC”), la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”), a implementar el “Plan Económico de Emergencia”, que busca entregar apoyo a los trabajadores, a las empresas y a las familias más vulnerables del país, y permitirá garantizar nuevos créditos por un monto de hasta US$ 24.000 millones y complementar la capitalización del Fondo de Garantías de Créditos (FOGAPE).

Como parte del plan de contingencia, a la fecha se han adoptado y/o anunciado las siguientes medidas:

  1. Capitalización de Banco Estado: La Ley N° 21.225 aprobó una capitalización extraordinaria de BancoEstado por US$ 500 millones dentro de un plazo de 12 meses, lo que permitirá aumentar la capacidad para otorgar créditos por parte de la compañía estatal, llegando a cerca de US$ 4.400 millones.
  2. Medidas de la CMF: Con el objeto de resguardar la solvencia y liquidez de las instituciones fiscalizadas, la CMF, entre otras medidas, ha anunciado:
  • Otorgar Facilidades de Pago en Créditos Hipotecarios: Para los deudores que se encontraban al día en sus obligaciones al momento de decretarse el estado de emergencia, se acordó permitir la recalendarización del pago de hasta 3 cuotas a fechas posteriores al vencimiento original del crédito, sin que sean tratadas como renegociaciones para la constitución de provisiones.
  • Flexibilizar el Pago de Créditos de Consumo: Se permitirá el aumento de plazos en créditos de consumo en cuotas a PYMES y personas en hasta 6 meses, sin que ello sea considerado una renegociación para efectos de provisiones.
  • Extender Plazo de Enajenación de Bienes Recibidos en Pago: Se extiende a 18 meses el plazo para que los bancos enajenen los bienes que reciban en pago de deudas vencidas, para evitar que tales bienes deban venderse a precios inferiores a los regulares en el mercado (Resolución N° 2432 de 25 de marzo)
  1. Medidas del Banco Central: Con fecha 8 de abril, el Banco Central de Chile anunció un paquete de medidas destinadas a entregar liquidez y apoyar el flujo de crédito, que tiene como pilar fundamental la disposición de líneas de créditos para bancos con recursos e incentivos para que éstos continúen financiando y refinanciando créditos a hogares y empresas. Las referidas medidas son las siguientes:

(i) Creación de Línea de Facilidad de Crédito Condicional al Incremento de las Colocaciones (“FCIC”): Consiste en una línea financiera especial destinada para las entidades bancarias que tengan colocaciones comerciales y/o de consumo, por un monto correspondiente al 3% de la cartera base.

(ii) Creación de Línea de Crédito de Liquidez (“LCL”): Línea de crédito en pesos chilenos, cuyo límite corresponde al encaje promedio en pesos de cada entidad bancaria. El acceso y uso de la LCL estará sujeta a las mismas condiciones asociadas al incremento de las colocaciones establecidas para la FCIC.

El monto inicial de las líneas FCIC y LCL equivale a US$ 4.800 millones.

(iii) Creación de Línea de Crédito Adicional: El monto inicial de las líneas FCIC y LCL podrá aumentar, ya que el BC potenciará una línea adicional que otorga créditos a 4 años a los bancos, en función al incremento que éstos hagan de sus colocaciones, con un efecto multiplicador adicional por los créditos otorgados a PYMES. La línea adicional tiene un margen de crecimiento de cuatro veces la línea inicial, equivalente a US$ 19.200 millones, lo que acercaría el total a los US$ 24.000 millones.

(iii) Otorgamiento de Créditos a Entidades No Bancarias: Durante los próximos días, se enviará al Congreso un Proyecto de Ley para que el BC también pueda ofrecer algunos de estos servicios a otras entidades no bancarias (tales como Cooperativas de Ahorro y Crédito, etc.), siempre que cumplan con los altos estándares de regulación y supervisión que resulten aplicables en cada caso.

  1. Líneas de Crédito a Personas y Pymes: Con fecha 12 de abril, el Presidente de la República anunció y explicó el funcionamiento de las líneas de crédito que los bancos podrán facilitar a las PYMES y personas. Mediante un proyecto de ley, el Gobierno propone ampliar fuertemente el Fondo de Garantía de Pequeños Empresarios (FOGAPE), con una ampliación de las garantías estatales en hasta US$ 3.000 millones, permitiendo financiar a empresas de hasta 1 millón de UF de ventas anuales (actualmente el fondo financia a empresas con ventas anuales de hasta 350 mil UF). Los elementos centrales de tales créditos serán los siguientes:

(i) Monto: Valor equivalente a 3 meses de ventas en un período normal (octubre 2018-octubre 2019) para empresas con ventas anuales de hasta 1 millón UF.

(ii) Plazo: Tendrán 6 meses de gracia y serán pagaderos en cuotas durante un período que irá entre 24 y 48 meses.

(iii) Tasa: Los créditos tendrán una tasa de interés máxima (TPM+3%), lo que, en las actuales circunstancias equivale a una tasa de interés real en torno a 0%.

(iv) Elegibilidad: Que el cliente no se encuentre en un proceso concursal ni tenga más de 30 días de mora al 30 de marzo de 2020, o al 30 de octubre de 2019 para empresas con ventas anuales menores a 25.000 UF.

(v) Garantía Estatal: Aumentar la cobertura de las garantías actuales hasta porcentajes que van entre 60% y 85% del monto del crédito (el porcentaje se determinará según la cantidad de ventas anuales de la empresa).

(vi) Recalendarización de Deudas Preexistentes: Los bancos participantes (todos los bancos se han adherido al marco fijado por el gobierno) postergarán cuotas o vencimientos de las deudas preexistentes para aliviar la carga financiera de las empresas y maximizar la inyección de recursos frescos a la economía.

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