Nueva normativa de la CMF para informar grupos empresariales
13 de febrero de 2024 | Por Matías Zegers, Jorge Timmermann y Eduardo Araya
El lunes 12 de febrero, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) dictó la Norma de Carácter General (“NCG”) N°505, en la cual se establece la obligación de distintas entidades a remitir y mantener debidamente actualizada la información respecto del grupo empresarial al cual pertenecen, de conformidad con la Ley de Mercado de Valores.
Las entidades fiscalizadas obligadas por esta normativa deberán seleccionar el grupo empresarial al que pertenecen a través del sistema que la CMF establecerá en su sitio web. Si estas entidades fueren sociedades matrices o controladoras, deberán crear su grupo empresarial e identificar las entidades que formen parte de este. Si la sociedad matriz o controladora no fuese fiscalizada por la CMF, serán las entidades obligadas por dicha normativa las que deberán crear el grupo empresarial respectivo e identificar las sociedades que formen parte de este.
Las entidades obligadas por esta nueva normativa son las siguientes:
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- Las entidades emisoras de valores inscritos en el Registro de Valores
- AGFs
- Administradoras inscritas en el Registro de Administradoras de Carteras
- AFPs que tengan valores inscritos en el Registro de Valores
- Compañías de seguros
- Corredores de bolsa
- Agentes de valores
- Corredores de bolsas de productos
- Bancos
- Agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables
La normativa comenzará a regir a partir del 1 de mayo de este año, en el cual las entidades fiscalizadas tendrán un plazo de 20 días hábiles para actualizar la nómina inicial que la CMF pondrá a disposición a través de su sitio web.
Asimismo, cada entidad obligada deberá informar cualquier modificación dentro de los cinco días hábiles siguientes de haberse producido el cambio respectivo.
Contacto: Para más información, por favor contactar a: Matías Zegers Socio mzegers@dlapiper.cl |
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