Alerta Legal: Covid-19 Ley que facilita la adquisición de remedios durante épocas de pandemia
23 de Septiembre, 2020 / Por Tomás Muñoz
El día martes 22 de septiembre del presente año se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.267, que viene a facilitar el acceso a medicamentos, extendiendo la vigencia de las recetas médicas que hayan sido emitidas antes o durante la vigencia de una Alerta Sanitaria decretada por el Gobierno de Chile en el contexto de una epidemia o pandemia. Normalmente, las recetas tienen una vigencia de seis meses desde su firma.
En efecto, la ley dispone que, desde su dictación:
- Todos los establecimientos habilitados para dispensar productos farmacéuticos deberán proceder a su expendio ante la muestra de una copia de la receta médica que los prescriba, sea ésta física o digital.
- Las recetas médicas que hayan sido extendidas durante los seis meses anteriores a la dictación de la alerta sanitaria o durante su vigencia, se considerarán válidas hasta seis meses después de terminada la vigencia de la alerta sanitaria.
- Los establecimientos habilitados para el expendio deberán cumplir con todas las otras normas que les sean aplicables.
- El uso malicioso de recetas médicas será sancionado de acuerdo a las disposiciones del Código Sanitario, del Código Penal y de la Ley N° 20.000, que sanciona el tráfico y consumo de drogas, de resultar ésta aplicable.
- Se modifica el Código Sanitario, respecto a la exigencia de contar las recetas médicas con firma electrónica avanzada, en el sentido de que ahora se deberá estar a lo que indique el reglamento, el que, de acuerdo a la discusión legislativa, correspondería al Reglamento de Farmacias contenido en el Decreto N° 466.
En relación a este tema, revise la alerta enviada el 8 de mayo sobre el Decreto que introduce el comercio electrónico de medicamentos.
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